Principio de licitud: no habrá tratamiento de información personal de los clientes sin observar las reglas establecidas en la normatividad vigente. Para finalidad de procedimientos de rehabilitación las administradoras podrán organizar o contratar directamente en todo tiempo la atención del afiliado, con cargo a sus propios recursos. Siempre que https://charlesq146twz2.dgbloggers.com/profile