Es lo que se conoce como litigar en causa propia, posibilidad que está contenida en el artículo 33 del Código Procesal del Trabajo: Con fundamento en los hechos expuestos, muy comedidamente solicito al señor enjuiciador, que previo el registro de mi personería para desempeñarse como manager de la parte demandante. https://bookmarkmoz.com/story19935479/indicadores-sobre-demanda-laboral-administrativa-que-debe-saber